Cuentas corrientes

Cuentas corrientes:

En la sucursal del Banco Popular de Ahorro más cercana a su lugar de residencia, usted puede abrir y operar cuentas corrientes en CUP o CUC, previa firma del Contrato que se suscribirá entre el titular y el Banco, realizando un depósito inicial de 500.00 CUP o 50.00 CUC, manteniendo estos importes como saldo mínimo para su vigencia.

Las Cuentas Corrientes pueden ser:

  • Individual: Un solo titular.
  • Colectivas: Más de un titular, estas pueden ser:
  • Solidaria ó indistinta: Cada titular puede operar la cuenta individualmente.
  • Mancomunada o conjunta: Todos los titulares pueden operar la cuenta de manera conjunta y deben ser personas naturales autorizadas a ejercer el trabajo por cuenta propia, u otras formas de gestión no estatal

Para la apertura de las cuentas corrientes no se admitirá representación o apoderamiento.

Para la operatividad de las cuentas corrientes, los titulares podrán facultar a otras personas naturales mediante Poder Notarial para actuar como firma autorizada de la cuenta; podrán autorizar además, sin cumplir el requisito del Poder Notarial, a otras personas naturales a realizar depósitos en sus cuentas, así como a entregar y recibir documentos.

Las cuentas corrientes podrán operar con chequera y no se admite el sobregiro. Para su operatividad se utilizarán instrumentos de pagos, tales como: cheques nominativos, cheques de gerencia y transferencias bancarias. Estas cuentas se regirán por el Reglamento de Cuentas Corrientes del Banco Popular de Ahorro.

Para acceder a este servicio usted debe presentar los siguientes documentos:

  • Modelo de solicitud firmada por el interesado.
  • Documento de Identidad.
  • Documento oficial que lo autorice a ejercer la actividad por Cuenta Propia, u otras formas de gestión no estatal, emitido por la autoridad competente y una fotocopia de la misma.
  • Inscripción en el Registro de Contribuyentes en correspondencia con lo establecido en la legislación especial vigente, de ser aplicable.
  • Documento expedido por la Oficina Nacional de Administración Tributaria del municipio, certificando el nivel de ingresos anuales declarados por el contribuyente, de ser aplicable.
  • Otros que el Banco pueda considerar necesarios, tomando en cuenta los aspectos establecidos en el Reglamento de Cuentas Corrientes del Banco Popular de Ahorro.